Sin duda, una de las características más peculiares de la responsabilidad civil en el Derecho Marítimo es su limitación, en contraste con el principio del derecho común que postula la reparación integral de los acreedores.
Luego de aludir a la responsabilidad civil y al concepto de limitación; el principio de la reparación integral de los acreedores y las excepciones a tal principio que advertimos en nuestro Derecho, incluyendo el Derecho Civil, el Derecho Comercial, el Derecho del Trabajo, la Seguridad Nuclear, el Derecho de Minería, el Derecho de la Navegación Aérea y el Derecho de la Navegación Marítima, el autor se refiere a la limitación de la responsabilidad del armador, que inserta dentro de sus demás características, para luego tratar el origen de la institución, los sistemas que se advierten en el derecho comparado, las convenciones internacionales, el sistema de limitación de responsabilidad del armador vigente en Chile y la naturaleza jurídica del beneficio de la limitación de responsabilidad.
El sistema de responsabilidad limitada del armador en el derecho chileno es objeto de análisis exhaustivo, incluyendo, entre otras materias, su ámbito de aplicación, los casos en que el armador no responde, aquéllos en que puede limitar la responsabilidad y su cálculo, aquéllos en que no puede hacerlo, los sujetos que pueden invocar el beneficio, su pérdida, los efectos y el fondo de limitación de responsabilidad.
Al término, el autor alude al análisis crítico de la institución, estudiando sus fundamentos clásicos y actuales, las críticas y su opinión en lo que a éstas concierne.
En fin, se trata de una obra que analiza una materia de general aplicación en el Derecho Marítimo, no sólo respecto del armador y sujetos asimilados a él y que subyace en dos de los tres fondos sobre limitación de responsabilidad que se han constituido en Chile.(www.librotecnia.cl)
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