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Codigo: BFdpe8174
Autor: Enrique Gimbernat Ordeig Editorial B de f ISBN: 9789974708174 Segunda edición, octubre 2013 Formato: 16 x 23 cm. 520 páginas
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El derecho penal tiene por objeto, siempre y únicamente, acciones y omisiones.
Ninguna de estas dos expresiones es un concepto jurídico, en cuanto que en el lenguaje corriente, del que han sido extraídas, se emplean ambas palabras dentro de los más variados contextos, ajenos por completo al mundo del derecho penal, y, en general, al mundo del derecho.
Comer o nadar, por ejemplo, son dos acciones que en principio no tienen por qué ser objeto de valoración jurídico-penal alguna; como tampoco tienen por qué ser objeto de esa valoración omisiones como la de no llegar puntualmente al trabajo o a la de no pedir perdón cuando, previamente y sin querer, se ha dado un pisotón a otra persona.
La acción, el hacer, el comportamiento activo, es un concepto ontológico, no valorativo -pertenece, pues, a la esfera del ser, y no a la del deber ser-, porque abarca tanto comportamientos buenos (dar una limosna), como malos (mentir), como indiferentes (sentarse en un sillón), es decir, porque es un concepto que se puede establecer sin tener que hacer referencia alguna al mundo de los valores.
La omisión es una especie del género o no hacer, especie que viene caracterizada porque, de entre dodos los posibles comportamientos pasivos, se seleccionan (normativamente) sólo aquellos que merecen un juicio axiológico negativo: la omisión es un no hacer que se debería hacer o, con otras palabras, la diferencia específica de la omisión frente al género no hacer al que pertenece, es la de que consiste en un no hacer desvalorado.(www.librotecnia.cl) TEMARIO: