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Codigo: JSdci6316
Autor: Matías Guerrero Hess Ediciones Jurídicas de Santiago ISBN: 9789566376316 Primera edición, diciembre 2025 Formato: 17 x 24 cm. 130 páginas
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La obra estudia la función correctiva de la buena fe contractual en el marco del artículo 16 letra g) de la Ley N° 19.496 sobre protección de los consumidores. Se sostiene que la buena fe, en este contexto, cumple un pape! de limitación y corrección del contenido contractual, especialmente frente a cláusulas abusivas que vulneran el equilibrio entre las partes. La disposición legal establece la nulidad absoluta de aquellas estipulaciones contrarias a la buena fe, lo que implica su expulsión del contrato y abre la discusión acerca de cómo debe integrarse el vacío resultante y cuáles son las facultades del juez para reformar el programa contractual.
El análisis parte de la noción de buena fe como principio rector de la contratación, capaz de operar como límite a la autonomía de la voluntad. Su infracción genera un vicio de nulidad que, en el ámbito del consumo, se traduce en la ineficacia de cláusulas abusivas. En este sentido, la nulidad parcial se concibe como un mecanismo de reforma del contrato, pues no solo elimina estipulaciones contrarias a la buena fe, sino que puede exigir la integración o reconfiguración del contenido contractual para mantener su coherencia y eficacia.
La investigación se centra luego en el examen del artículo 16 letra g), que regula la nulidad de cláusulas abusivas en contratos de adhesión celebrados en actos de consumo. Se identifican tres requisitos para su aplicación: que el contrato tenga naturaleza de acto de consumo, que se trate de un contrato de adhesión y que el contenido o alguna de sus cláusulas contravenga las exigencias de la buena fe. Sobre esta base se construye el concepto de cláusula abusiva, entendido como aquella estipulación que genera un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor y que, por ello, debe ser expulsada del contrato.
Finalmente, dedica un capítulo a la jurisprudencia de los tribunales de justicia, analizando casos concretos y sistematizando los efectos de la declaración de nulidad. Se distinguen situaciones en que la nulidad afecta a todo el contrato, aquellas en que solo se expulsa la cláusula y aquellas en que la expulsión va acompañada de una reformulación judicial.
Del estudio jurisprudencial se desprenden criterios recurrentes para calificar el carácter abusivo de una cláusula, tales como la finalidad del contrato, la normativa imperativa aplicable, la naturaleza del negocio, la intención original de las partes, la racionalidad de las estipulaciones y la eventual configuración de actos ilícitos por parte del proveedor.
La conclusión general es que la buena fe contractual, en su función correctiva, se erige como un instrumento indispensable de protección del consumidor y de equilibrio contractual, permitiendo a los jueces no solo eliminar cláusulas abusivas, sino también integrar y reformar el contrato para asegurar su justicia y coherencia.(www.librotecnia.cl)